Calendario del contribuyente: diciembre de 2023
Índice impuestos diciembre:
Renta y sociedades
Se trata de retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
Los siguientes modelos serán obligaciones para empresas que los tramiten mes a mes:
- Modelo 111. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta. Autoliquidación.
- Modelo 115. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
- Modelo 117. Retenciones e ingresos a cuenta en Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Rentas procedentes de transmisión o reembolso de acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva y de las transmisiones de derechos de suscripción.
- Modelo 123. Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (establecimientos permanentes). Determinados rendimientos del capital mobiliario o determinadas rentas.
- Modelo 124. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.
- Modelo 126. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del capital mobiliario obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras.
- Modelo 128. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos del capital mobiliario procedente de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez.
- Modelo 216. IRNR. Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retenciones e ingresos a cuenta (declaración – documento de ingreso).
- Modelo 230. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de No Residentes: Retenciones e ingresos a cuenta del gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas; Impuesto sobre Sociedades: Retenciones e ingresos a cuenta sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. Autoliquidación.
En este apartado también se cuentan los pagos fraccionados:
- Modelo 202. IS. Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español). Pago Fraccionado.
- Modelo 222. IS. Régimen de consolidación fiscal. Pago fraccionado.
Fechas: hasta el 20 de diciembre.
IVA
En diciembre se tienen varios modelos de IVA:
- Modelo 349. Declaración informativa. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
Fecha: hasta el 20 de diciembre.
Además de los siguientes modelos mensuales:
- Modelo 303 para autoliquidaciones mensuales.
- Modelo 322. Grupos de entidades. Modelo individual. Autoliquidación mensual.
- Modelo 353. Grupo de entidades. Modelo agregado. Autoliquidación mensual.
- Modelo 369. Regímenes especiales aplicables a las prestaciones de servicios y ventas a distancia de bienes.
- Modelo 380. Operaciones asimiladas a las importaciones
Fechas: hasta el 30 de diciembre.
Impuesto sobre las primas de seguros
El modelo 430, mensual, grava las operaciones sobre las primas de seguros y capitalización.
Fecha: hasta el 20 de diciembre.
Impuestos especiales y medioambientales
Los impuestos especiales gravan actividades relativas al alcohol, el tabaco, los hidrocarburos, consumos específicos, el carbón, la electricidad y varios tributos medioambientales. Se presentan:
- Modelo 548. Declaración informativa de cuotas repercutidas.
- Modelo 566. II. EE. Impuesto sobre las labores del tabaco.
- Modelo 581.Declaración liquidación. Impuestos sobre hidrocarburos.
- Modelo 584. Declaración liquidación. Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radioactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica.
- Modelo 591. Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Declaración anual de operaciones con contribuyentes.
Las grandes empresas, además, tendrán que presentar los siguientes:
- Modelo 560. II. EE. Impuesto sobre la electricidad.
- Modelo 561. II. EE. Impuesto sobre la cerveza.
- Modelo 562. II. EE. Impuesto sobre productos intermedios.
- Modelo 563. II. EE. Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas.
Además, algunas empresas tendrán que presentar el modelo 604 sobre transacciones financieras.
Fechas: hasta el 20 de diciembre.