Fiscalidad y legalidad · 5 minutos de lectura

Calendario del contribuyente: septiembre de 2023

Índice impuestos septiembre:

  1. Renta y sociedades
  2. IVA
  3. Impuesto sobre las primas de seguros
  4. Impuestos especiales y medioambientales

Renta y sociedades

Se trata de retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

Los siguientes modelos serán obligaciones para empresas que los tramiten mes a mes:

  • Modelo 111. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta. Autoliquidación.
  • Modelo 115. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
  • Modelo 117. Retenciones e ingresos a cuenta en Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Rentas procedentes de transmisión o reembolso de acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva y de las transmisiones de derechos de suscripción.
  • Modelo 123. Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (establecimientos permanentes). Determinados rendimientos del capital mobiliario o determinadas rentas.
  • Modelo 124. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.
  • Modelo 126. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del capital mobiliario obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras.
  • Modelo 128. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos del capital mobiliario procedente de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez.
  • Modelo 216. IRNR. Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retenciones e ingresos a cuenta (declaración – documento de ingreso).
  • Modelo 230. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de No Residentes: Retenciones e ingresos a cuenta del gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas; Impuesto sobre Sociedades: Retenciones e ingresos a cuenta sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. Autoliquidación.

Fechas: hasta el 20 de septiembre.

IVA

En septiembre se tiene el siguiente modelo de IVA:

  • Modelo 349. Declaración informativa. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Se admite bimestral: julio y agosto.

Fecha: hasta el 20 de septiembre.

Además del siguiente modelo mensual:

  • Modelo 369. Regímenes especiales aplicables a las prestaciones de servicios y ventas a distancia de bienes.

Fecha: hasta el 30 de septiembre.

Los modelos 036 y 037: qué son, para qué sirven y en qué se diferencian

Impuesto sobre las primas de seguros

  • El modelo 430, mensual, grava las operaciones sobre las primas de seguros y capitalización.

Fecha: hasta el 20 de septiembre.

Impuestos especiales y medioambientales

Los impuestos especiales gravan actividades relativas al alcohol, el tabaco, los hidrocarburos, consumos específicos, el carbón, la electricidad y varios tributos medioambientales. Se presentan:

  • Modelo 548. Declaración informativa de cuotas repercutidas.
  • Modelo 566. II. EE. Impuesto sobre las labores del tabaco.
  • Modelo 581.Declaración liquidación. Impuestos sobre hidrocarburos.
  • Modelo 584. Declaración liquidación. Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radioactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica.

Las grandes empresas, además, tendrán que presentar los siguientes:

  • Modelo 560. II. EE. Impuesto sobre la electricidad.
  • Modelo 561. II. EE. Impuesto sobre la cerveza.
  • Modelo 562. II. EE. Impuesto sobre productos intermedios.
  • Modelo 563. II. EE. Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas.

Por último, algunas empresas tendrán que presentar el modelo 510 de Declaración de Operaciones de Recepción del Resto de la Unión Europea, el modelo 587 de gases fluorados o el modelo 604 sobre transacciones financieras.

Fechas: hasta el 20 de septiembre.

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