Fiscalidad y legalidad · 5 minutos de lectura

Calendario del contribuyente: julio de 2023

Índice:

  1. Renta
  2. Sociedades
  3. Declaración de prestación patrimonial
  4. IVA
  5. Impuesto sobre las primas de seguros
  6. Impuestos especiales y medioambientales
  7. Impuesto sobre depósitos en las entidades de crédito
  8. Declaraciones informativas
  9. Impuesto sobre determinados servicios digitales

Renta

Se trata de retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

Los siguientes modelos serán obligaciones para empresas que los tramiten mes a mes:

  • Modelo 111. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta. Autoliquidación.
  • Modelo 115. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
  • Modelo 117. Retenciones e ingresos a cuenta en Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Rentas procedentes de transmisión o reembolso de acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva y de las transmisiones de derechos de suscripción.
  • Modelo 123. Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (establecimientos permanentes). Determinados rendimientos del capital mobiliario o determinadas rentas.
  • Modelo 124. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.
  • Modelo 126. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del capital mobiliario obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras.
  • Modelo 128. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos del capital mobiliario procedente de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez.
  • Modelo 216. IRNR. Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retenciones e ingresos a cuenta (declaración – documento de ingreso).
  • Modelo 230. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de No Residentes: Retenciones e ingresos a cuenta del gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas; Impuesto sobre Sociedades: Retenciones e ingresos a cuenta sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. Autoliquidación.

Mientras que para las empresas que hacen declaraciones trimestrales, tendrán que presentar:

  • Modelo 111. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta. Autoliquidación.
  • Modelo 115. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
  • Modelo 117. Retenciones e ingresos a cuenta en Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Rentas procedentes de transmisión o reembolso de acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva y de las transmisiones de derechos de suscripción.
  • Modelo 123. Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (establecimientos permanentes). Determinados rendimientos del capital mobiliario o determinadas rentas.
  • Modelo 124. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.
  • Modelo 126. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del capital mobiliario obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras.
  • Modelo 128. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos del capital mobiliario procedente de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez.
  • Modelo 210. Modelo 210. IRNR. Impuesto sobre la Renta de No Residentes sin establecimiento permanente.
  • Modelo 216. IRNR. Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retenciones e ingresos a cuenta (declaración – documento de ingreso).

A esto se suman los pagos fraccionados de la renta, mediante los modelos siguientes, según el tipo de estimación:

  • Modelo 130. IRPF. Empresarios y profesionales en Estimación Directa. Pago fraccionado.
  • Modelo 131. IRPF. Empresarios y profesionales en Estimación Objetiva. Pago fraccionado.

Fechas: hasta el 20 de julio.

Sociedades

Con respecto a las declaraciones anuales, se tienen los modelos:

  • Modelo 200. IS. Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Documentos de ingreso o devolución. (Modelo 200 y 206)
  • Modelo 220. IS. Régimen de consolidación fiscal. Documento de ingreso o devolución.

Fechas: hasta el 25 de julio.

Declaración de prestación patrimonial

  • Modelo 221. Prestación patrimonial por conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria.

Fecha: hasta el 25 de julio.

¿Qué impuestos paga una empresa en España?

IVA

De julio se tiene el modelo:

  • Modelo 349. Declaración Informativa. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Mensual.

Además, se tienen las siguientes declaraciones trimestrales:

  • Modelo 303 para autoliquidaciones trimestrales.
  • Modelo 309. IVA. Declaración – Liquidación no periódica.
  • Modelo 349. Declaración informativa. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Trimestral.
  • Modelo 380. Operaciones asimiladas a las importaciones. Trimestral.

Y las siguientes gestiones relacionadas con el IVA:

  • Modelo 308. IVA. Régimen Especial del Recargo Equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del IVA y sujetos pasivos ocasionales. Solicitud de devolución.
  • Modelo 341. IVA. Reintegro de compensaciones en el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca.

Fechas: hasta el 20 de julio.

Además, se entregarán las mensuales:

  • Modelo 303 para autoliquidaciones mensuales.
  • Modelo 322. Grupos de entidades. Modelo individual. Autoliquidación mensual.
  • Modelo 353. Grupo de entidades. Modelo agregado. Autoliquidación mensual.
  • Modelo 369. Regímenes especiales aplicables a las prestaciones de servicios y ventas a distancia de bienes.
  • Modelo 380. Operaciones asimiladas a las importaciones.
Los modelos 036 y 037: qué son, para qué sirven y en qué se diferencian

Impuesto sobre las primas de seguros

El modelo 430, mensual, grava las operaciones sobre las primas de seguros y capitalización.

Fecha: hasta el 20 de julio.

Impuestos especiales y medioambientales

Los impuestos especiales gravan actividades relativas al alcohol, el tabaco, los hidrocarburos, consumos específicos, el carbón, la electricidad y varios tributos medioambientales. Se presentan:

  • Modelo 548. Declaración informativa de cuotas repercutidas.
  • Modelo 566. II. EE. Impuesto sobre las labores del tabaco.
  • Modelo 581.Declaración liquidación. Impuestos sobre hidrocarburos.
  • Modelo 584. Declaración liquidación. Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radioactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica.

Las grandes empresas, además, tendrán que presentar los siguientes:

  • Modelo 560. II. EE. Impuesto sobre la electricidad.
  • Modelo 561. II. EE. Impuesto sobre la cerveza.
  • Modelo 562. II. EE. Impuesto sobre productos intermedios.
  • Modelo 563. II. EE. Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas.

Con respecto a los modelos trimestrales:

  • Modelo 521. II. EE. Relación trimestral de primeras materias entregadas.
  • Modelo 522. II. EE. Parte trimestral de productos a que se refiere el artículo 108 ter. del Reglamento de los Impuestos Especiales.
  • Modelo 553. II. EE. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos de vino y bebidas fermentadas.
  • Modelo 506. II. EE. Solicitud de devolución por introducción en depósito fiscal.
  • Modelo 507. II. EE. Solicitud de devolución en el sistema de envíos garantizados.
  • Modelo 508. II. EE. Solicitud de devolución por el sistema de ventas a distancia.
  • Modelo 524. II. EE. Solicitud de devolución sobre el alcohol y las bebidas alcohólicas.
  • Modelo 572. II. EE. Solicitud de devolución del Impuesto sobre hidrocarburos.

Además, algunas empresas tendrán que presentar el modelo 510 de Declaración de Operaciones de Recepción del Resto de la Unión Europea, otras el modelo 585 de pago fraccionado sobre almacenamiento de combustible nuclear, el modelo 595 sobre el carbón o el modelo 604 sobre transacciones financieras.

Fechas: hasta el 20 de julio.

Impuesto sobre depósitos en las entidades de crédito

Se trata de dos modelos, según el año:

  • Modelo 411. Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito. Año previo.
  • Modelo 410. Pago a cuenta del Impuesto sobre los Depósitos de las Entidades de Crédito. Año actual.

Fechas: hasta el 31 de julio.

Declaraciones informativas

Las declaraciones informativas serán:

  • Modelo 179. Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos. Trimestral.
  • Modelo 195. Modelo 195. Declaración informativa. Declaración trimestral de cuentas u operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las Entidades de Crédito en el plazo establecido.
  • Modelo 235. Declaración de información de actualización de mecanismos transfronterizos comercializables.

Fechas: hasta el 31 de julio.

Por último, tendrán que presentar el modelo 282 (anual) aquellas empresas que hayan recibido en el año anterior ayudas en el marco del REF de Canarias y otras ayudas de Estado, derivadas de la aplicación del derecho de la Unión Europea.

Fecha: hasta el 25 de julio.

Impuesto sobre determinados servicios digitales

Además de los anteriores, el modelo 490 permite el pago del impuesto sobre determinados servicios digitales.

Fecha: hasta el 31 de julio.

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