Los impuestos del segundo trimestre
Los modelos tributarios del segundo trimestre son semejantes a los del primero, pero incorporan alguna novedad importante. La más llamativa es la declaración de la renta, en la que, entre otros aspectos, las personas físicas que desarrollan una actividad económica deben incluir su rendimiento. También se presenta por primera vez en el año el modelo 202, a través del cual se liquida el pago fraccionado del impuesto sobre sociedades.
Con la colaboración de Daniel Morrone, asesor fiscal en Finutive, respondemos las principales cuestiones relacionados con los modelos fiscales del segundo trimestre, además de explicar los aspectos que debemos entender para prepararlos y rellenarlos.
Los modelos del segundo trimestre fiscal
Entre los modelos más habituales que pymes y autónomos han de presentar en el segundo trimestre se encuentran:
- El modelo 303, con el que se autoliquida el IVA.
- Los modelos de retenciones, entre los que destacan el 111, referido a las de los trabajadores, y el 115, que se aplica en los alquileres.
- Más especial es la declaración recapitulativa que se realiza si se llevan a cabo operaciones intracomunitarias a través del modelo 349.
- El pago fraccionado del IRPF de las personas físicas que desarrollan actividades económicas a través del modelo 130 (si tributa en estimación directa) o 131 (si lo hace por módulos).
- Por primera vez en el año, se presenta el modelo 202, con el cual las sociedades o entidades sujetas al impuesto sobre sociedades liquidan su pago fraccionado.
- La declaración de la renta (modelo 100).
Las particularidades de los modelo 202 y 100
- El modelo 202 lo presentan las empresas sujetas al impuesto sobre sociedades. En él, reflejan información sobre su resultado y patrimonio del período anterior.
- El modelo 100 es la declaración de la renta y recoge la información del año anterior. En este caso, el IRPF es un impuesto progresivo en el que pagan más quienes más declaran.
Respecto a estos dos modelos, Daniel Morrone nos brinda dos recordatorios importantes:
- El modelo 202 no solo tiene trascendencia fiscal. De hecho, es uno de los más solicitados por entidades financieras cuando se solicita financiación por parte de una pyme.
- Antes de presentar la declaración de la renta (modelo 100), es necesario revisar bien las reducciones, deducciones y otras desgravaciones que se puedan aplicar. Por ejemplo, en el IRPF tienen mucha importancia las circunstancias familiares, como los hijos o ascendientes al cargo.
Plazos de presentación de los modelos del segundo trimestre
Los modelos trimestrales del segundo trimestre tienen su plazo abierto del 1 al 15 de julio si se domicilia el pago. Si se paga en la entidad colaboradora, el plazo se amplía 5 días más.
Además, estos modelos coincidirán con una presentación anual, la de la autoliquidación del impuesto sobre sociedades. Esta tiene como plazo los 25 días siguientes (20 si domiciliamos el pago) a que hayan pasado seis meses desde que terminó el ejercicio económico de la empresa.
Así, si nuestro ejercicio coincide con el año natural y se cierra el 31 de diciembre, el plazo del modelo 200 irá del 1 al 25 de julio. Si domiciliamos el pago, tendremos 5 días menos y podremos presentarlo entre el 1 y 20 de julio.
Importante no olvidar que durante el segundo trimestre hay que presentar el modelo 100. En 2022, se lleva a cabo la declaración de 2021 con las siguiente fechas:
- Desde el 6 de abril se puede comenzar a realizar las declaraciones por Internet.
- Hasta el 27 de junio las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria.
- El resto de las declaraciones tendrán hasta el 30 de junio.
Por último, Daniel Morrone recuerda dos aspectos fundamentales:
- Si la declaración de la renta resulta a devolver, el plazo que tiene Hacienda para ingresar la cuantía al contribuyente es de seis meses. Si pasa más tiempo, deberá pagar intereses de demora.
- Durante el año, se han realizado pagos a cuenta del impuesto (modelos 202, 130 y 131, fundamentalmente). En los modelos 100 (para personas físicas) y 200 (para sociedades) es necesario ajustar cuentas con Hacienda.
Las formas de pago que nos ofrece Hacienda
Existen tres vías para el pago de los modelos:
- En efectivo en la entidad bancaria.
- Domiciliando el pago en una cuenta bancaria.
- Aplazamiento o fraccionamiento: En general (el modelo 100 es una excepción), es necesario presentar una solicitud que debe aprobar Hacienda para poder acogernos a él. Esta vía implica además abonar los intereses correspondientes. No obstante, existen modelos que no son fraccionables ni aplazables, entre los que destacan los modelos 111, 115 y 202.
Los impuestos son parte del quehacer cotidiano de las empresas. Algunos tienen su cita cada tres meses. En el segundo trimestre, la atención debe extremarse ya que las presentaciones habituales coincidirán con citas anuales tan importantes como la declaración de la renta o la de sociedades.