¿Qué es un operador intracomunitario y cómo darse de alta?
La Unión Europea (UE) es el principal destino del comercio español, tanto interno como externo. Operar en este territorio es, por tanto, obligatorio para aquellas empresas que quieran internacionalizarse con éxito. Para poder sacarle todo el jugo a este importantísimo mercado, es más que aconsejable conseguir la certificación de operador intracomunitario, ya que, aunque obviar este trámite no nos cierra las puertas del comercio en la Unión, nos perderemos unas atractivas ventajas fiscales.
Índice
- ¿Qué es un operador intracomunitario?
- ¿Qué es el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI)?
- Ventajas de ser operador intracomunitario
- ¿Qué actividades se consideran «operaciones intracomunitarias»?
- ¿Cómo darse de alta como operador intracomunitario?
- ¿Cómo saber si ya soy operador intracomunitario?
¿Qué es un operador intracomunitario?
Se considera operador intracomunitario a toda aquella empresa o trabajador por cuenta propia de cualquiera de los países de la UE que realice transacciones comerciales o de servicios con empresas sitas en otro Estado miembro de la Unión. La inscripción como operador intracomunitario es imprescindible para beneficarse de las ventajas del IVA comunitario, como veremos más adelante.
¿Qué es el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI)?
Cualquier empresa o autónomo que realice este tipo de transacciones tiene la posibilidad de inscribirse en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI). Este archivo censa a todas aquellas empresas o profesionales radicados en la UE que proporcionan bienes o servicios a compañías o profesionales con sede en otro Estado miembro.
Ventajas de ser operador intracomunitario
Si tu mercantil está inscrita en el ROI y tu cliente o proveedor también está dado de alta como operador intracomunitario en el VIES (VAT Information Exchange System, homólogo del ROI a nivel comunitario), podrás ahorrarte el IVA del Estado de procedencia.
El sistema de cómputo es el siguiente: en este tipo de adquisiciones -de bienes o servicios-, la empresa compradora tiene que autofacturarse el IVA, que se contabiliza simultáneamente como IVA soportado e IVA repercutido. Si el prorrateo arroja una diferencia, esta se puede cargar como mayor valor de la compra o activo.
¿Qué actividades se consideran «operaciones intracomunitarias»?
La Agencia Tributaria (AEAT) califica como operaciones intracomunitarias las siguientes actividades:
- Entregas intracomunitarias de bienes sujetos al IVA.
- Adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al IVA, incluso si dichos bienes se utilizan en negocios en el extranjero.
- Recibir servicios prestados por empresarios o profesionales de la UE no establecidos en España, siempre que el receptor de los mismos sea el sujeto pasivo.
- Prestar servicios en el territorio de otro Estado miembro, cuando el sujeto pasivo sea el destinatario de los mismos.
El régimen especial de operaciones intracomunitarias no se aplica en los siguientes casos:
- Empresarios acogidos al régimen especial de la agricultura.
- Empresarios o profesionales que realicen exclusivamente operaciones exentas que no originan el derecho a la deducción.
- Personas jurídicas que no actúen como empresarios o profesionales.
En cualquier caso, si no estás seguro de que la operación que te dispones a realizar está consignada como intracomunitaria, puedes averiguarlo a través del localizador que la AEAT ha dispuesto al efecto.
¿Cómo darse de alta como operador intracomunitario?
La inclusión en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) se solicita a través del modelo 036, que sirve para inscribirse en el Censo de Empresarios y darse de alta en Hacienda. En Impulsa Empresa dedicamos un completo artículo a este documento.
La solicitud de alta se efectúa marcando la casilla 582 del modelo 036, especificando la fecha prevista para la primera operación intracomunitaria en la casilla 584.
La AEAT cuenta con un plazo de tres meses para resolver la solicitud, transcurrido el cual la solicitud se considera denegada si no hay respuesta, por lo que se aplica el silencio administrativo negativo.
Si la Administración tributaria responde positivamente, el operador recibirá el número de identificación fiscal NIF-IVA, que le habilitará para operar en el marco del IVA intracomunitario y beneficiarse de las exenciones fiscales.
Aquellos empresarios que deseen identificarse como operadores intracomunitarios en otro Estado miembro de la UE, pueden consultar los trámites para solicitar la gestión en la página web de la Comisión Europea. Para ello, hay que hacer clic en el PDF Vademecum on VAT obligations y acceder al documento del país en cuestión. La información solo está disponible en inglés.
¿Cómo saber si ya soy operador intracomunitario?
La AEAT pone a disposición de los empresarios una herramienta de búsqueda de operadores intracomunitarios españoles. El emisor de la factura sólo tiene que introducir el número de identificación NIF-IVA que recibió cuando fue dado de alta.
La Agencia Tributaria también dispone de otro sistema de consulta orientado a verificar la condición de operadores intracomunitarios de empresas o profesionales no españoles. En este link se puede realizar la consulta con tan solo elegir en el desplegable su país de procedencia e introducir su número de identificación IVA.
Por su parte, y como se ha mencionado antes, la base de datos VIES es equivalente del ROI a nivel comunitario, y se puede recurrir a ella para identificar a todos los operadores registrados como intracomunitarios en algún estado miembro.